Santo Domingo, RD. – En los casi tres años de la actual gestión gubernamental, la cantidad de mercancía detectada en contrabando, por la Dirección General de Aduanas (DGA), asciende a 75 millones 324 mil unidades, entre 2020 y junio de 2023.
Dichos bienes, fueron detectados por del Departamento de Inteligencia Aduanera, como parte de las labores de protección al comercio legítimo detectando, reteniendo y reliquidando mercancías y recursos a quienes cometen ilícitos aduaneros.
“La lucha contra los ilícitos es un rol fundamental de la Dirección General de Aduanas, porque con esto no solo protegemos al comercio legítimo, sino, también, la salud del pueblo dominicano y la seguridad del Estado”, manifestó el director general de Aduanas, Eduardo Sanz Lovatón.
Entre esas mercancías se encuentran: cigarrillos, bebidas alcohólicas, medicamentos, alimentos, cosméticos y productos para el cuidado personal, dispositivos electrónicos, hookahs y vehículos.
Otro de los delitos aduaneros es el lavado de dinero, el cual se intenta realizar a través de valores no declarados en los equipajes de viajeros, ocultados en su cuerpo o en doble fondos de maletas.
Se considera contrabando, el transporte de valores no declarados sobre los US$10,000.00.
Por este concepto, en estos tres años fueron retenidos 16.2 millones de dólares, por violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y el artículo 338 de la Ley de Aduanas 168-21, cifra que supera todos los precedentes, en este tipo de hallazgos.
Por concepto de reliquidación, en 2020 fueron obtenidos 1,721 millones de pesos; en 2021 unos 6,055 millones y en 2022, 9,318 millones, para un total de 17,094 millones, en beneficio de las recaudaciones del Estado.
Asimismo, un total de 1,997,708 unidades de mercancías pirateadas o falsificadas han sido incautadas desde el año 2020, por violar los derechos de propiedad intelectual, industrial y signos distintivos de marcas.
Delitos
Entre los delitos aduaneros que persigue la DGA se encuentran: el contrabando, fraude en la valoración, falso origen, falso mercado de origen u ocultación de este, clasificación o designación arancelaria falsa, aplicación fraudulenta de contingentes arancelarios y uso indebido de los regímenes aduaneros especiales.
También, la creación de empresa para eludir fiscalización, y uso irregular del tránsito internacional de mercancías.
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