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domingo 22 febrero 2026


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Ya no podrán cobrar el 10% legal de propina para delivery y takeout

Betina Rey
Betina Reyhttp://puntacana-bavaro.com
Licenciada en Turismo, profesional en áreas de comunicación, mercadeo, PNL y organización de eventos. Inicié mi carrera en el año 1997 como representante de varias líneas aéreas de Argentina en el destino Punta Cana. En el año 2004 fundé el primer diario digital de Punta Cana, hoy llamado Online Plus, dando inicio al Grupo de Medios Network Plus. En 2012 lanzamos la Revista Themag, en 2015 Media Comunicación y R.R.P.P., en 2017 la serie de eventos enogastronómicos Tour Experience Punta Cana y en 2020 creamos el programa de Tv Themag Travel. El año 2023 lanzamos los Premios Themag Awards y el Foro Turístico Empresarial Themag

SOSTENIBILIDAD

En nota publicada en el portal de Pro consumidor, la Dra. Anina Del Castillo, Directora Ejecutiva de este organismo informa a los Propietarios de Bares y Restaurantes la siguiente normativa sobre el cobro del 10% de propina legal.

«Como es de su conocimiento, la Ley No.358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y la Ley No.166-12 que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, establecen que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), es la Autoridad Nacional de Vigilancia del Mercado y tiene bajo su responsabilidad proteger los derechos fundamentales de los consumidores.

En este sentido, y con el objetivo de garantizar la defensa de los intereses económicos de los consumidores, le informamos que el diez por ciento (10%) de propina legal solo ha de ser cobrado en los casos en que el usuario consuma dentro de su establecimiento, puesto que dicha proporción se cobra a fin de: “ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado servicio”, acorde a lo establecido en el artículo 228 de la Ley No.16-92 el Código de Trabajo de la República Dominicana.

[pullquote]Es por esto que cuando el usuario indique que su compra será “para llevar” (take-out) o “a domicilio” (delivery) dicho porcentaje no puede ser aplicado.[/pullquote]

Por tanto, y en virtud de que “Las disposiciones referentes al derecho del consumidor y usuario son de orden público, imperativas y de interés social, y tendrán un carácter supletorio frente a las disposiciones contempladas en las leyes sectoriales” (artículo 2, Ley 358-05), tenemos a bien indicar en los casos que se compruebe el cobro de este porcentaje a los consumidores que compren para llevar, procederemos a aplicar las acciones correspondientes.

En caso de requerir mayor información, pueden comunicarse con nosotros a través de nuestro portal www.proconsumidor.gob.do o al teléfono 809-567-8555 y desde el interior sin cargos al 1-809-200-8555.

Punta Cana Bavaro Online.

 

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