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martes 17 febrero 2026


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Ministerio de Trabajo dio a conocer calendario días feriados 2023 en RD

Dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de los días feriados. 

Betina Rey
Betina Reyhttp://puntacana-bavaro.com
Licenciada en Turismo, profesional en áreas de comunicación, mercadeo, PNL y organización de eventos. Inicié mi carrera en el año 1997 como representante de varias líneas aéreas de Argentina en el destino Punta Cana. En el año 2004 fundé el primer diario digital de Punta Cana, hoy llamado Online Plus, dando inicio al Grupo de Medios Network Plus. En 2012 lanzamos la Revista Themag, en 2015 Media Comunicación y R.R.P.P., en 2017 la serie de eventos enogastronómicos Tour Experience Punta Cana y en 2020 creamos el programa de Tv Themag Travel. El año 2023 lanzamos los Premios Themag Awards y el Foro Turístico Empresarial Themag

SOSTENIBILIDAD

Santo Domingo. El Ministerio de Trabajo dio a conocer el calendario con las fechas correspondientes a los días feriados del año 2023, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de los días feriados.

La Ley No. 139-97, de fecha 19 del mes de junio del año 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.

En tal virtud, los días feriados se aplicarán de la siguiente manera: el domingo 1ro. de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.

El viernes 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 9 de enero.

El sábado 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El jueves 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 30 de enero.

En tanto que, el lunes 27 de febrero, día de la Independencia Nacional es inamovible.

También es inamovible, el viernes 7 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.

Asimismo, el lunes 1ro. de mayo, día del Trabajo, no se cambia

El jueves 8 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

De igual forma, el miércoles 16 de agosto, día de la Restauración de la República, en atención al Artículo 35 de la Constitución y a la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia, no se cambia.

El domingo 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes así como el lunes 06 de noviembre, día de la Constitución, se celebrarán en sus fechas correspondientes.

El lunes 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

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