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lunes 16 febrero 2026


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MITUR regula uso de playas y costas en asueto de Semana Santa 2023

La resolución incluye el no expendio de bebidas alcohólicas, la prohibición de vehículos a motor y de Jet Sky en playas y mar, entre otras reglamentaciones

Marcelo Ballester
Marcelo Ballesterhttps://puntacana-bavaro.com
Profesional en comunicación y periodismo turístico. Escritor. Redactor en jefe de Revista THEMAG y Online Plus. Creador del Newsletter Online Plus. Co-creador de los eventos turísticos y empresarios THEMAG AWARDS y el FORO THEMAG. Formo parte del ámbito turístico con emprendimientos relacionados con el sector desde hace más de 25 años.

SOSTENIBILIDAD

Punta Cana, RD.- El Ministerio de Turismo dominicano mediante RESOLUCIÓN DJ/003-2023, establece medidas y regulaciones para el período de asueto de Semana Santa, que incluye el no expendio de bebidas alcohólicas, la prohibición de vehículos a motor y de Jet Sky en playas y mar, entre otras reglamentaciones tendientes a salvaguardar la seguridad de la población en este período.

El MITUR reitera entre otras reglamentaciones que, en el período del jueves 6 al domingo 9 de abril, deberá respetarse el horario de expendio de bebidas alcohólicas establecido en la Resolución Especial 001-2022, dictada por el Ministerio de Interior y Policía junto al Ministerio de Turismo, en fecha 11 de abril de 2022.

Además, la prohibición de venta y expendio ambulante de bebidas alcohólicas en las playas de la República Dominicana y en cualquier actividad recreativa de tipo excursión, conforme a lo establecido en la Resolución no. 0010 / 2021 de fecha 21 de abril del 2021, del Ministerio de Turismo.

También prohíbe los negocios de alquiler de embarcaciones personales denominadas Jetski, así como sus componentes asociados, tales como Jetlev, Flyboard, Jetovator, Yacht Toy y cualquier otro artículo de características similares. Prohíbe además el uso de motocicletas, Four Wheels y vehículos de motor dentro de las playas del territorio del país.

En cuanto a las excursiones turísticas programadas, serán permitidas las excursiones turísticas acuáticas en la laguna Gri-Gri, isla Saona, isla Catalina y Cayo Levantado, siempre y cuando se realicen en embarcaciones reguladas por el Ministerio de Turismo.

Se establece el libre uso de las zonas de playas del país, conforme establecido por la Constitución de la República de fecha 26 de enero del 2010, el cual debe realizarse dentro de los cánones que establece las leyes, normas y resoluciones complementarias y las buenas costumbres que rigen las relaciones de respeto, tanto a la persona como a la propiedad pública o privada.

RESOL MITUR-PN DJ/003-2023

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