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miércoles 22 abril 2026


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Hoteleros respaldan que DGII grave servicios digitales como Airbnb y otros

Hoteles establecidos en el país se ven afectados por la competencia ventajosa que representan estas grandes compañías internacionales que sin domicilio local venden servicios de habitaciones y no cumplen las regulaciones

Marcelo Ballester
Marcelo Ballesterhttps://puntacana-bavaro.com
Profesional en comunicación y periodismo turístico. Escritor. Redactor en jefe de Revista THEMAG y Online Plus. Creador del Newsletter Online Plus. Co-creador de los eventos turísticos y empresarios THEMAG AWARDS y el FORO THEMAG. Formo parte del ámbito turístico con emprendimientos relacionados con el sector desde hace más de 25 años.

SOSTENIBILIDAD

Santo Domingo, R. Dominicana.- La Asociación Nacional de Hoteles y Turismo (ASONAHORES) expresó su respaldo al proyecto de “Reglamento que regula el procedimiento para la aplicación del ITBIS a los servicios digitales captados en la República Dominicana, y que son prestados por proveedores del exterior” lo cual vendría a corregir la distorsión que existe en la actualidad, donde servicios de alquiler de propiedades para fines turísticos no están siendo regulados de la misma manera que las empresas establecidas en el país en el sector hotelero.

La entidad destacó que es de vital importancia que el Estado dominicano pueda tomar medidas en este sentido ya que tanto Tour Operadores como hoteles establecidos en el país, se ven afectados por la competencia ventajosa que representan estas grandes compañías internacionales que sin domicilio local venden servicios de habitaciones y no cumplen las regulaciones de seguridad, sanitarias ni fiscales correspondientes.

De igual manera, los miembros de ASONAHORES generan miles de empleos directos e indirectos por lo que existe un componente de compromiso social que las empresas digitales internacionales no asumen en las localidades donde operan. Por ello, la asociación ve positivo que el ITBIS se aplique en la jurisdicción fiscal donde se produce el consumo o captación final, que, en este caso, sería la República Dominicana cuando sea producto del comercio internacional.

Así que, consideró que el Estado hace bien en reconocer que los servicios digitales no se encuentran enlistados como servicios exentos del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), por lo que este debe ser pagado por las empresas extranjeras al igual que las establecidas en suelo dominicano.

“Aplaudimos que las normativas internas sean adaptadas a los cambios impulsados por la economía digital en los negocios, y que los servicios provistos por proveedores extranjeros sean gravados mediante mecanismos de registro y control de dichos contribuyentes, así como sucede con las compañías locales” resaltó su presidente Rafael Blanco.

ASONAHORES invitó a sus miembros a formar parte de la discusión de este reglamento y expresar sus opiniones a través del foro habilitado por la Dirección General de Impuestos Internos en su página web y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

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